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"Se
consideran delitos violentos contra las personas: los homicidios, asesinatos,
las lesiones corporales, los robos con violencia, las agresiones sexuales,
las detenciones ilegales y los delitos contra los trabajadores en los
que se emplee la violencia"
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REUNIÓN DEL CONSEJO DE ASOCIACIONES DE VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA |
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entre otros acuerdos hemos adoptado el siguiente, que creemos de interés para la Opinión Pública: "Considerando que el Estado social y Democrático de Derecho ha de hacerse responsable respecto al fenómeno violento y, por tanto, ha de atender a la víctima como ciudadano. Y considerando que los Poderes Públicos han de promulgar un cuerpo normativo que contemple los derechos de las víctimas, en especial cuando éstas son menores de edad o miembros de colectivos desfavorecidos.
El Consejo advierte que la puesta en vigor de la Ley va a provocar un notable aumento en la criminalidad sin que el Estado suma su responsabilidad para con las víctimas que tal actitud precipitada, y sin que exista la prometida y necesaria respuesta de reeducación y reinserción de los menores delincuentes. También
hemos acordado promover la reforma de la Ley 35/95 de Ayudas a las Víctimas
de la Violencia, en cuanto dicha Ley no alcanza a dar una cobertura
íntegra y no da respuesta a todas las necesidades que plantea
un verdadero apoyo a las víctimas, considerando que la propia
Ley es una ofensa más para las víctimas, dada su cortedad
y cicaterismo, ni siquiera ayudando a los menores cuando éstos
son víctimas.
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